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1.- ¿Qué es la formación bonificada?
 
Se enmarca en el subsistema de la Formación Profesional para el Empleo, es un crédito del que puede disponer anualmente toda empresa, que cotice por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social, para desarrollar formación de sus trabajadores, deduciéndose la cuantía de dicho crédito de las cuotas que paga a la Seguridad Social. (Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo y Orden TAS/2307/2007 de 27 de julio).

2.- ¿Quién puede beneficiarse de ella?
 Las empresas, asociaciones, fundaciones, ONG´s y autónomos con centro de trabajo en España que tengan dados de alta a trabajadores en el régimen general de la Seguridad Social, que hayan cotizado en el ejercicio anterior en este régimen por la contingencia de formación profesional y que estén al corriente de pago de Hacienda y de la Seguridad Social.

3.- ¿A quién está dirigida?
A los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social por estas empresas. 




4.- ¿Cuál es la cuantía de la ayuda o el crédito que tiene la empresa?
a.     Empresas de 1 a 5 trabajadores: 420.-€.
b.    Empresas de 6 a 9 trabajadores: 100% de bonificación.
c.     De 10 a 49 trabajadores: 75% de bonificación.
d.    De 50 a 249 trabajadores: 60% de bonificación.
e.    De 250 o más trabajadores: 50% de bonificación.

5.- ¿Qué empresas tienen obligación de cofinanciar la formación bonificada?
Solo las empresas con 10 o más trabajadores, siendo estos los porcentajes mínimos de cofinanciación:
a.     De 10 a 49 trabajadores: 10%.
b.    De 50 a 249 trabajadores: 20% de bonificación.
c.     De 250 o más trabajadores: 40% de bonificación.

 6.- ¿Cómo se paga la formación bonificada?
Al mes siguiente de que el trabajador finalice la formación, la empresa se descuenta dicha cantidad de los Seguros Sociales que paga por cada uno de sus trabajadores y una vez descontada la cantidad, la empresa abona a Formatte el coste de las acciones formativas realizadas. De esta forma la empresa, no tiene que adelantarnos ninguna cantidad hasta haber:
1.    Recibido la formación.
2.    Descontado el coste de formación en el porcentaje que le corresponda de las cuotas a la Seguridad Social.

7.- ¿Una empresa de nueva creación puede beneficiarse de la formación bonificada?
Sí, se calcula multiplicando el número inicial de trabajadores por la bonificación media por trabajador (65€) garantizándose, en todo caso, el crédito mínimo de 420 €.

8.- ¿El crédito anual para la formación bonificada es acumulable?
No, si no se consume en el mismo año en el que se concede, se pierde.

9.- PROCEDIMIENTO DE TRABAJO
-          La empresa interesada firma un Convenio de Adhesión a la Agrupación de Empresas de FORMATE & REVALORIZATE S.L.
-          Se facilita a la empresa el Informe Económico de la Fundación Tripartita donde se refleja el crédito disponible para formación bonificada y las características a cumplir.
-          Se comunica la formación con un plazo de 10 días.
-          Se imparte la formación.
-          Se finaliza la formación en el aplicativo de la Fundación Tripartita.
-          Se realizan los trámites con la empresa/ gestoría para la aplicación de la bonificación.
-          Una vez bonificada la formación se abona el importe de la factura a FORMATE & REVALORIZATE S.L.


10.- ¿Cuáles son los beneficios de la formación bonificada?
Para la empresa:
-          Mejora de la productividad y competitividad de la empresa, adaptándola a los constantes cambios de mercado, tecnológicos y a la legislación vigente en materias tales como Prevención de Riesgos Laborales, Protección de Datos,  etc.…
-          Promueve el desarrollo profesional y personal de sus trabajadores.
-          Beneficio económico (deducción de los costes de formación en las cuotas a la Seg.Soc.), beneficio fiscal (deducción directa para las empresas del 5-10% del importe de formación en el Impto. de Sociedades en empresas y de IRPF en los autónomos Art. 40 RDL 4/2004).
Para los trabajadores:
-          Mejora su capacitación profesional y permite a los trabajadores conseguir una mayor cualificación profesional y mejorar su desempeño en la empresa.
-          Incrementa la motivación generando un sentimiento de crecimiento personal y profesional.

. Más información a través de Formatte:



Formate & Revalorízate S.L., B-86647070, c/ Ramiro nº 6, 28450, Collado Mediano, Madrid


Telf: 91 855 89 63 / 639 200 538 www.formatteonline.es / info@formatteonline.es



 

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